2 CORINTIOS 4: 3-4

Si nuestro Evangelio todavía resulta impenetrable, lo es sólo para aquellos que se pierden, para los incrédulos, a quienes el dios de este mundo les ha enceguecido el entendimiento, a fin de que no vean resplandecer el Evangelio de la gloria de Cristo, que es la imagen de Dios.




martes, 1 de septiembre de 2009

Comunión de Rodillas - Carta de Monseñor Di Monte

ACLARACIÓN SOBRE
LAS POSTURAS PARA RECIBIR
LA SAGRADA COMUNIÓN


Aclaración de monseñor Rubén Héctor Di Monte, arzobispo de
Mercedes-Luján, a los sacerdotes y comunidades religiosas



Mercedes, 4 de septiembre de 2007.-
Queridos Sacerdotes
y Comunidades religiosas:

Ante muchas consultas que me han llegado en relación al modo de la recepción de la Sagrada Eucaristía, creo conveniente hacerles llegar estas líneas para aclarar mejor el tema (por si hubiera alguna duda), según las disposiciones de la Iglesia, ya que sabemos bien, no somos dueños sino administradores de la misma.

Dice el Ordenamiento del Misal Romano 2001 en el número 160: «Después el sacerdote toma la patena o el copón, y se aproxima a los que van a comulgar, quienes de ordinario se acercan procesionalmente. No está permitido a los fieles tomar por sí mismos el pan consagrado ni el cáliz sagrado ni mucho menos que se lo pasen entre sí de mano en mano. Los fieles comulgan de rodillas o de pie, según lo establezca la Conferencia Episcopal. Cuando comulgan de pie, se recomienda hacer, antes de recibir el Sacramento, la debida reverencia, establecida por las mismas normas.»

La CEA no ha establecido normas al respecto, de tal forma que el número 160 del Ordenamiento General del Misal Romano es muy claro. Ahora bien, las Conferencias episcopales que establecen normas al respecto deben hacerlas reconocer por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Ese dicasterio lo hace, pero siempre, salvando el derecho de los fieles a comulgar de rodillas. Se lee en Notitiæ, la publicación oficial de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en su edición Noviembre-Diciembre de 2002 (Nº 436), «Aún en aquellos países donde esta Congregación ha aprobado la legislación local que establece el permanecer de pie como la postura para recibir la Sagrada Comunión, de acuerdo con las adaptaciones permitidas a las Conferencias Episcopales por la Institución Generalis Missalis Romani n. 160, § 2, lo ha hecho con la condición de que a los comulgantes que prefieren arrodillarse no les será negada la Sagrada Comunión.»

En la misma cita se encuentra otro argumento interesante: el derecho de los fieles a comulgar de rodillas (análogamente sirve también para quien desea comulgar en la boca o en la mano, ambas formas de comunión no se deben prohibir, donde son legítimas), transcribo dos párrafos con el mentado razonamiento: «La Congregación está de hecho preocupada por el número de quejas similares que ha recibido desde varios lugares en los últimos meses, y considera que cualquier negativa de dar la Sagrada Comunión a un miembro de la feligresía, fundada en que se encuentra de rodillas para recibirla, es una grave violación a uno de los derechos más básicos del feligrés cristiano, a saber, el de ser ayudado por sus Pastores por medio de los Sacramentos (Código de Derecho Canónico, canon 213). En vista de la ley que establece que “los ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a quienes los pidan de modo oportuno, estén bien dispuestos y no les sea prohibido por el derecho recibirlos” (C. Canónico 843, § 1), no debe negarse la Sagrada Comunión a ningún católico durante la Santa Misa, excepto en casos que pongan en peligro de grave escándalo a otros creyentes, como el pecador público o la obstinación en la herejía o el cisma, públicamente profesado o declarado.»

Esto es obligación no sólo para los fieles de sus parroquias o comunidades sino también para los que están de paso.

Hago propicia la ocasión para saludarlos afmo. en Cristo y Nuestra Madre.


+Mons. Rubén H. Di Monte
Arzobispo de Mercedes-Luján


A los Sacerdotes y Comunidades Religiosas
Arquidiócesis de Mercedes-Luján


Fuente: http://aica.org/index2.php?pag=dimonte070904